Existen varias vías para conocer el valor catastral de una vivienda. Se trata de un valor administrativo totalmente objetivo que viene proporcionado por el Castastro, con lo que es de los valores más aceptados en el mercado inmobiliario. El principal requisito para obtener este tipo de documentación catastral es que seas el propietario del inmueble.
¿Cómo puedo saber el valor catastral de mi inmueble?
Acreditando ser el propietario, puedes dirigirte a conocer el valor catastral de tu inmueble:
- Por Internet, en la Sede Electrónica del Catastro, donde puedes consultar y certificar todos los datos catastrales. Es el método más sencillo y fiable de consultar el Catastro. Necesitarás introducir la referencia catastral en la casilla señalada para obtener los datos del valor administrativo del inmueble.
- Por teléfono, llamando a la oficina de Catastro de tu provincia. Para ello, asegúrate de tener a mano el número de referencia catastral antes de llamar. Con éste y con tu DNI tendrás acceso al valor del inmueble consultado siempre que se verifique que eres el propietario del mismo.
- Con el recibo del IBI, si ya dispones de una copia del último pago del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), podrás encontrar el dato sobre el valor de la vivienda en este documento. Si no, puedes solicitar dicho recibo por Internet o directamente en el ayuntamiento.
- En persona, en el ayuntamiento de tu localidad, con el número referencia de la propiedad y tu DNI para verificar que eres el dueño de la vivienda. Una vez verificado este dato, se recurrirá al mapa catastral del municipio para que recibas la información requerida de manera inmediata.
Consulta del valor catastral de un inmueble
El valor catastral de una vivienda es un valor administrativo fijado objetivamente para cada bien inmueble y que resulta de la aplicación de los criterios de valoración recogidos en la ponencia de valores del municipio correspondiente.
El valor catastral de un inmueble supone la suma del valor del suelo + valor de construcción de un inmueble. Para determinar estos dos, los ayuntamientos consideran esencialmente los siguientes componentes:
- La localización del inmueble.
- Las circunstancias urbanísticas que afecten al suelo.
- Su aptitud para la producción.
- El coste de ejecución material de las construcciones, los beneficios de la contrata, los tributos que gravan la construcción, el uso, la calidad y la antigüedad edificatoria, así como el carácter histórico-artístico u otras condiciones de las edificaciones.
- Las circunstancias y valores del mercado valor del suelo, valor de la construcción y gastos de producción y beneficios de la actividad empresarial de promoción.
Así, si nos remitimos al recibo del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI), que es un ejemplo de documento donde podemos encontrar el valor catastral de un inmueble, podemos ver en el apartado “Datos del Inmueble”, tanto el valor del suelo, como el valor de construcción, como la suma de estos dos conceptos, es decir, el valor catastral de la vivienda.
Con carácter general, el valor catastral de los inmuebles no podrá superar el valor de mercado. A tal efecto, mediante orden ministerial, se ha fijado un coeficiente de referencia al mercado del 0,5 en el momento de aprobación y entrada en vigor de la ponencia. En los bienes inmuebles con precio de venta limitado administrativamente, el valor catastral no podrá en ningún caso superar dicho precio. Los valores catastrales se pueden actualizar anualmente mediante la aplicación de coeficientes aprobados por la Ley de Presupuestos Generales del Estado.
¿Cómo solicitar el Catastro por Internet?
En plena era digital, merece una mención especial la solicitud online del Catastro, además de ser la manera más útil de solicitarlo. Aunque existe la opción de realizar la solicitud sin tener que autenticarse en la web, está limitada a una serie de trámites: sólo podrás consultar datos o referencias catastrales e información con el CSV (Código Seguro de Verificación) del documento catastral.
Sin embargo, la información más solicitada mediante autentificación es la consulta de titularidad de los inmuebles y los valores de los mismos, y este procedimiento requiere de identificación porque se trata de datos protegidos. Para todo tipo de solicitudes de datos protegidos deberás acceder con autenticación, tal y como exige Real Decreto Legislativo 1/2004 del 5 de marzo.
Para solicitar el Catastro de manera online, deberás seguir estos pasos (siempre que no solicites datos catastrales protegidos):
- Abrir cualquier navegador con cookies, ventanas emergentes y Javascript habilitados.
- Entrar en el catastro.
- Rellenar la solicitud mediante una de las 5 opciones: por referencia catastral, por calle/número, por CRU (Código Registral Único), por coordenadas o por polígono/parcela.
Certificado catastral de bienes inmuebles
Las certificaciones catastrales son documentos que acreditan los datos físicos, jurídicos y económicos de los bienes inmuebles que constan en el Catastro Inmobiliario, o bien la inexistencia de tales datos. Existen distintos tipos de certificados catastrales:
- Las certificaciones catastrales descriptivas y gráficas contienen datos de carácter físico, jurídico y económico del bien inmueble a que se refieren, junto con su representación gráfica. De acuerdo con la normativa catastral, este tipo de certificaciones deberán incorporarse en todos los documentos autorizados por notarios en los que se contengan hechos, actos o negocios jurídicos que puedan dar lugar a modificaciones en el Catastro Inmobiliario (cambios de titularidad, alteraciones físicas de los bienes inmuebles, etc.), así como al Registro de la Propiedad en los supuestos previstos por la ley. Las certificaciones incluyen como fichero adjunto un fichero GML de parcela catastral con las coordenadas georreferenciadas de la parcela.
- Las certificaciones catastrales literales, que contienen datos alfanuméricos sobre los bienes inmuebles (titularidad, localización, referencia catastral, superficie, uso, cultivos, antigüedad, valor catastral, etc.), que a su vez pueden ser:
- Certificación de un sólo bien inmueble, urbano o rústico.
- Certificación de todos los bienes inmuebles urbanos o rústicos de un titular en todo el territorio nacional, excepto País Vasco y Navarra.
- Certificación de referencia catastral, sin datos de carácter personal.
- Certificación negativa.
El certificado catastral puede ser solicitado en la Sede Electrónica del Catastro, en los Puntos de Información Catastral y en las Gerencias del Catastro. Las certificaciones emitidas desde la Sede Electrónica no están sujetas al pago de la tasa de acreditación catastral. Es la institución en la que se inscriben o anotan los actos y contratos relativos al dominio u otros derechos reales de los bienes inmuebles. Este organismo es dependiente del Ministerio de Justicia y se trata de un registro de derechos de los más seguros a nivel mundial, protegidos por los Tribunales.
Además, el territorio español está dividido en Distritos Hipotecarios y a cada distrito le corresponderá un registrador que esté al mando del Registro de la Propiedad de ese distrito. A través del Registro de la Propiedad, se pueden solicitar las certificaciones anteriormente citadas y es de la manera en la que se puede acreditar la libertad o gravamen de inmuebles o derechos reales. Se puede solicitar una consulta en el Registro de la Propiedad, dado que todo interesado puede acudir a solicitar información al ser un organismo de carácter público y ésta se entregará en formato de Nota Simple o Certificación. La diferencia entre ambas opciones es que la Nota Simple es puramente informativa sin que recaiga ninguna responsabilidad sobre el registrador y la Certificación sí que acredita la información solicitada. Además, el Registro de la Propiedad principalmente emite certificados de bienes inmuebles más que Notas Simples.
El trámite generalmente más solicitado es la consulta y certificación de un bien inmueble. Ten en cuenta que el valor catastral de una vivienda es un dato importante y objetivo dado que proviene de una organización constitucional como el Catastro, además de ser calculado con los datos del Catastro Inmobiliario que es una de las mayores bases de datos de carácter inmobiliario. Para calcular el valor catastral, el Catastro toma tanto el valor catastral individual del suelo como el de las construcciones. Por lo tanto, el valor catastral de la vivienda es definitivamente el valor administrativo más objetivo que podrás encontrar. Será con casi total seguridad diferente al valor de una tasación inmobiliaria, con lo cual no puede servir como valor de mercado. Además, te recordamos que si lo que deseas es una valoración, en Clikalia te valoramos tu casa en tan solo 24 horas gratuitamente.