A veces no nos cuestionamos algo tan básico como tener agua en casa. Cuando nos mudamos, ya sea de alquiler o en una vivienda de segunda mano, dar de alta el agua es una de las primeras cosas que debemos hacer. Por eso, en este post vamos a ayudarte a entender cuál es el precio de dar de alta el agua, cómo dar de alta el agua, cuánto tardan en dar de alto el agua, así como los requisitos necesarios para dar de alta el agua.
Nos vamos a centrar en la ciudad de Madrid para explicaros mejor cuánto vale dar de alta el agua y quién es la empresa que lo facilita.
Lo primero que tenemos que tener en cuenta cuando nos mudamos y queremos dar de alta el agua no es cuánto vale dar de alta el agua sino dónde está ubicada nuestra vivienda. Eso nos va a determinar qué distribuidora es a la que tenemos que llamar y cuál es el precio por dar de alta el agua. Si estás en una vivienda alquilada, probablemente los suministros estén contratados y tú sólo necesites realizar un cambio de titular.
Si tu vivienda se encuentra en Madrid, la empresa que lo suministra es el Canal de Isabel II y la persona que realiza este alta es el propietario de la vivienda.
Dar de alta el suministro de agua en Madrid.
Tras haber presentado esa documentación, el Canal de Isabel II te enviará el contrato para que lo mandes firmado de vuelta y te explicarán por teléfono, si decides ponerte en contacto con ellos, cuánto vale dar de alta el agua. A continuación, vamos a ver los tres posibles casos que se presentan cuando hay que dar de alta el agua para hacernos una idea del coste que tendrá el alta del agua:
- Si es un cambio de titularidad: esto se refiere a que se hace un cambio de titularidad en el contrato que ya existe. En este caso, se genera un nuevo contrato con el cambio de propietario.
- Alta de contrato de agua por haber comprado una vivienda de obra nueva.
- La baja de suministro: en este caso, lo que se hace es suspender el suministro de agua de la vivienda. ¿Quién debe dar de baja el suministro? El titular de la finca o el titular del contrato y ten en cuenta que al igual que hay un coste para dar de alta el agua, también conlleva unos gastos darlo de baja.
El Canal de Isabel II ha establecido unas tarifas para 2019 que puedes encontrarlas en su página web, así te harás una idea de cuánto te pueden cobrar al mes y cuánto es el coste de dar de alta el agua.
¿Cuánto cuesta el alta de agua?
En este apartado del post vamos a contarte cuál puede ser el precio de dar de alta el agua. El Canal de Isabel II establece lo siguiente para las tarifas del agua:
- Que sea progresiva, adecuándose a las necesidades de las personas para conseguir una tarifa equitativa que fomente el uso responsable del agua, ayudando además a familias numerosas, personas en situación de viudedad o familias con riesgo de pobreza.
- Teniendo en cuenta la estación del año en la que nos encontremos, sobre todo para aquellos periodos en los que hay escasez.
- Además, el Canal de Isabel II está comprometido con el medio ambiente, por lo que predica la necesidad de establecer una tarifa de agua reutilizable.
De esta manera, para 2019 se establece que las tarifas se tienen en cuenta con estos indicadores:
- 1 litro de agua son 0,001486€
- 1 baño, que son 145 litros: 0,2155€
- 1 ducha, que son 45 litros: 0,0669 €
- Lavar los platos, que son 45 litros: 0,0669 €
- Lavavajillas, que son 30 litros: 0,0446€
¿Cuánto cuesta dar de alta el agua? El precio para dar de alta el agua con el Canal de Isabel II ronda los 180€. ¿Y cuánto tardan en dar de alta el agua? Nada, una vez rellenada toda la documentación y enviada al Canal de Isabel II, en 3 o 4 días tendrás agua en tu vivienda.
Requisitos para dar de alta el agua de tu casa
Una vez que sabes cuál es el precio para dar de alta el agua de tu vivienda y cuánto tardan en dar de alta el agua, es necesario que sepas cuáles son los requisitos para dar de alta el agua si tu vivienda está en Madrid. ¿Cómo dar de alta el agua en Madrid?
- Por un lado, el primer paso para saber cómo dar de alta el agua es descargarte y rellenar el impreso de solicitud de suministro de agua.
- Los datos de la finca (el número de contrato, dirección o CIF de la Comunidad de Propietarios).
- Si es una empresa, la razón social y el CIF y si eres un propietario, el DNI del titular que va a realizar el suministro.
- Licencia de primera ocupación / apertura/ funcionamiento.
- El documento expedido por la Dirección General de Industria, Energía y Minas, en lo que a instalaciones interiores de agua se refiere.
- El código C.N.A.E. si es para actividades comerciales o industriales.
¿Quién paga? ¿Comprador o vendedor?
A la hora de dar de alta el agua en una vivienda, seguramente te surja una duda clara: ¿quién tiene que pagarlo?
El propietario de la vivienda siempre es el encargado de realizar los trámites necesarios para dar de alta el agua. Si eres el propietario de una vivienda que vas a poner en alquiler, lo más recomendable es que lo hagas tú antes de que se alquile porque además de facilitar las cosas a tus nuevos inquilinos, también llamará la atención de los interesados en tu piso en los anuncios de la vivienda que hayas publicado en Internet.
Por lo cual, si eres propietario de una vivienda de obra nueva tú serás el responsable de dar de alta los suministros. Si por el contrario eres el inquilino de una vivienda de alquiler, dar de alta el agua le corresponde al propietario, tú sólo deberás hacer el cambio de titularidad. Y si eres propietario de una vivienda en alquiler, asegúrate de que los inquilinos hayan hecho el cambio de titularidad porque si existe un impago estará a su nombre y no al tuyo.
Ahora con Clikalia ya sabes que las cosas han evolucionado que el proceso de venta de una casa ya no es como era antes y que para nosotros no existe otra manera de hacerlo. Lo dicho querido lector, nos leemos en el siguiente post y recuerda que para saber cuánto vale tu casa hoy, y cómo saber el precio de tu casa no dudes en ponerte en contacto con nosotros para hacerte tu valoración gratis a través de nuestro formulario web. ¡Te esperamos!