Todo sobre la Inspección Técnica de Edificios, claves que necesitas conocer así como cuál es la normativa de la ITE. Si estás en un proceso de compraventa o si tus vecinos te han hablado de ello, quizás hayas llegado al momento en el que tengas que pasar la ITE de tu edificio. Pero… ¿qué es ITE? Tranquilo/a, una vez más te damos las claves para que te quede claro qué es la Inspección Técnica de Edificios, así como cuál es la normativa de la Inspección Técnica de Edificios.
Para que lo puedas entender fácil y sencillo, la ITE (Inspección Técnica de Edificios) es una inspección que tienen que pasar todos los edificios que tienen una determinada antigüedad para controlar que el edificio aúna todos los requisitos de seguridad.
– Sólo los edificios que tienen medio siglo de antigüedad son los que están obligados a pasar la Inspección Técnica de Edificios. Sin embargo, esta inspección requiere de los servicios de un profesional y se requiere tomarte tu tiempo para poder elegir al mejor candidato, pues de ello va a depender que la ite tenga una determinada calidad y validez.
Hay ciertos edificios que no están obligados a pasarla:
- Aquellos que han iniciado un expediente de declaración de ruina.
- En el caso en el que se hayan realizado rehabilitaciones integrales y tienen licencia de ocupación, el plazo de 45 años se inicia cuando se hayan terminado las obras de rehabilitación que conste en el certificado final de obra y de habitabilidad.
- Si es un edificio unifamiliar con cédula de habitabilidad vigente. Si no pasas esta ITE te pueden multar con hasta 6.000 euros. La sanción dependerá de cada ayuntamiento. Pero ya no sólo por la multa, sino que puedes tener problemas como por ejemplo que te denieguen la hipoteca o que no puedas vender tu casa.Vamos con una ronda de preguntas y respuestas rápidas que podrán sacarte de algún apuro 🙂
- ¿Cómo saber cuántos años tiene mi edificio? Lo más sencillo es mirarlo en el Catastro.
- ¿Se puede realizar la ITE en edificios sólo con inspección visual? Sólo sería válida esta opción si es suficiente para cumplir con todo lo que exige el artículo 19 de la Ordenanza de Conservación, Rehabilitación y Estado Ruinoso de las Edificaciones.
- ¿Tengo que pagar algo para pasar la ITE? No. Sólo tendrías que pagar unas tasas en el caso en el que no aprobaras la inspección y también tras iniciar los trámites de orden de ejecución. No te aconsejamos que no pases la ITE, porque aunque ningún oficial hace revisiones para poner multas, en el caso en el que ocurriera un accidente, podríais tener una sanción grave toda la comunidad.
- Para 2019, ¿Qué edificios son los que tienen que pasar la ITE?
– Todos los edificios que hayan sido construidos o reestructurados en 1988.
– Los edificios construidos entre 1975 y 1978.El resto de inspecciones se realizarán cada 10 años independientemente de la presentación de inspecciones anteriores.Bien, ahora que ha quedado más claro qué es la ITE, profundicemos un poco más.
Informe ITE de edificios
El informe de la IE es un documento que elabora el técnico que te ha realizado la ITE y recoge toda la información que ha ido señalando durante toda la inspección. En ese documento vas a encontrar características generales del edificio, se describen su estado de conservación y además se registran las posibles deficiencias (ya sean de construcción, funcionales o aparentes) que puedan afectar al edificio.
¿Qué técnico es el más adecuado para hacer la ITE en edificios de Madrid? Probablemente la mejor opción sea un arquitecto, aparejador, ingeniero de edificación…¿Qué hago una vez que el técnico ha realizado la ITE en mi edificio y no la he superado?
Si el informe de la ITE no ha sido aprobado porque se han encontrado deficiencias, se debe acudir al Distrito que dictó la Orden de Ejecución de tu edificio y preguntarle qué documentos necesitas para acreditarte a subsanar los daños.
Tras la ITE en edificios de Madrid, se presentará después el Certificado de Idoneidad firmado por el técnico responsable de su ejecución.
Una vez que estos organismos han verificado que se han reparado todos los daños que predijo tu informe de ITE, se comunicará al departamento de ITE para que actualice la información en la web municipal del ayuntamiento en el que esté registrado tu edificio. Lamentablemente no es como las notas de la universidad en el que si apruebas te ponen un cinco y no hay constancia de que suspendiste… sino que quedará como “Desfavorable y con deficiencias subsanadas”.
Normativa de la Inspección Técnica de edificios en Madrid
Aunque te lo venimos anunciando, vamos a enumerar todo lo que necesitas saber sobre la ITE en Madrid:
- La Inspección Técnica de Edificios de Madrid deben recoger información sobre la seguridad, accesibilidad, salubridad descritas en el artículo 7 de la Normativa de la Inspección Técnica de Edificios de Madrid.
- Si la Inspección Técnica de Edificios de Madrid te ha salido favorable, no se admitirán la existencia de otros documentos que digan que hay daños en el edificio.
- Toda las actas de ITE en Madrid deberán contener información sobre el comportamiento térmico del edificio.
ITE Madrid
La ITE en Madrid tiene su propia normativa y está regulada en la Ordenanza de Conservación, Rehabilitación y Estado Ruinoso de las Edificaciones. Esta ordenanza está disponible en la página web del Ayuntamiento de Madrid, pero de todas formas os dejamos el enlace aquí para que podáis acceder directamente. Ya sabéis nuestro lema: rápido, sencillo y transparente.
Sin embargo, con la entrada en vigor del Decreto 103/2016 de la Comunidad de Madrid, el Ayuntamiento de Madrid ya está pidiendo el nuevo Informe de Evaluación de Edificios IEE. Este último decreto, diferencia entre edificios anteriores a 1963 y los posteriores a ese año.
Los edificios construidos tras junio de 1963 deberán obtener el IEE entre junio de 2018 y junio de 2023. Cuando cumplan 50 años de antigüedad. Sin embargo, si ha pasado la ITE antes de junio del 2013, se deberá de solicitar el Informe de Evaluación de Edificios cuando toque renovar la ITE.
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